SOCIEDAD DE NOMBRE COLECTIVO ( S.N.C.).
Es aquella que existe bajo una razón social y en la que todos los socios responden, de modo subsidiario, ilimitada y solidariamente de las obligaciones sociales.
La razón social de formara con el nombre de uno o de los más socios.
Esta regulada por la Ley General de Sociedades Mercantiles.
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