martes, 14 de mayo de 2013

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (S. de R. L.)


Es otra manera de constituir una persona moral en la que la responsabilidad de los socios se limita al monto de sus aportaciones.
Las características personales de los socios se conservan, los socios pueden aportar tanto bienes como capital.
* Al aportar un bien, no se debe pagar diferencia en caso de que esta se deprecie.
Este tipo de sociedad la regula al Ley General de Sociedades Mercantiles.

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